CONVOCATORIA DE
AYUDAS INDIVIDUALES A MENORES CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA.
Se convocan ayudas individuales para
menores con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura; dentro del
Plan de Lucha Contra la Pobreza Infantil.
OBJETO DE LA
CONVOCATORIA.
La adquisición de ayudas técnicas a
menores con discapacidad, pertenecientes a familias en situación de privación
material severa.
.
Se considerarán ayudas técnicas, instrumentos o productos de apoyo, cualquier
producto, dispositivo, equipo, instrumento,
tecnología y software, fabricado especialmente o disponible en el mercado para
prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar deficiencias, limitaciones
en la actividad y restricciones de la participación.
Dichas
ayudas técnicas deben ser susceptibles de ser incluidas en alguno de los
siguientes apartados:
- Productos de apoyo para el entrenamiento y/o aprendizaje.
- Órtesis y Prótesis.
- Productos de apoyo para el cuidado y protección personales.
- Productos de apoyo para la movilidad personal.
- Productos de apoyo para las actividades domésticas.
- Productos de apoyo para la comunicación y la información.
- Productos de apoyo para la manipulación de objetos y dispositivos.
- Ayudas para transporte en relación a tratamientos de estimulación o rehabilitación prescritos.
Pueden
ser solicitados los gastos relacionados con la adquisición de ayudas técnicas y
transporte realizados durante el ejercicio económico 2014.
TIPO DE AYUDAS:
Estas
ayudas podrán ser ayudas económicas directas o en especie.
BENEFICIARIOS
Personas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura de 0 a 18 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual
o superior al 33%.
En caso de que existiera un remanente
económico una vez resueltas las solicitudes de personas que acrediten grado de
discapacidad, podrán ser valoradas y atendidas solicitudes de ayudas para
transporte, de menores de 0-6, que
presenten trastornos en su desarrollo y que reciban atención derivados desde el
Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX).
REQUISITOS DE
CUMPLIMIENTO PARA EL ACCESO A LA AYUDA.
- Ser Menor de 18 años
- Reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Necesitar, según criterios técnicos, la ayuda técnica solicitada y que se encuentre relacionada con la situación de discapacidad reconocida oficialmente.
- No estar cubierta la necesidad con carácter ordinario por ningún organismo público o dentro del catálogo ortoprotésico. O resuelta por cualquier otro Programa dentro del Plan de Lucha contra la Pobreza Infantil
- Tener fijada la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Se tendrá en cuenta el nivel de renta en la unidad económico-familiar por debajo del Umbral de Pobreza
(Utilizando como referente el Umbral
para una persona adulta: 8.114,20€. Utilizando la escala de la OCDE modificada,
Primer adulto: 1
Segundo adulto y
siguientes 0,5
Menores de 14 años 0,3)
Tendrán
prevalencia los niveles de renta de la unidad económico-familiar más bajos.
PLAZO
DE SOLICITUD.
El plazo de solicitud
que se contempla va desde el 1 de octubre hasta el 24 de octubre del presente
año. No dándose por válidas aquellas solicitudes que en la fecha límite antes
referenciada; no se haya aportado la documentación requerida.
Los modelos de solicitud
estarán a disposición de los interesados en las distintas Entidades de personas
con discapacidad pertenecientes al CERMI Extremadura, donde pueden ser
recabadas.
Las solicitudes pueden ser presentadas personalmente o por
correo postal en las siguientes direcciones:
- CERMI Extremadura: C/ Atarazanas 25 Bajo. 06800 MERIDA
- ONCE: c/ Virgen del Pilar nº 12. 10002 CACERES
PLAZOS DE RESOLUCIÓN:
Las solicitudes serán resueltas antes del 15 de diciembre.
OBLIGACIONES y
JUSTIFICACION DEL GASTO.
Una vez resueltas las solicitudes se
comunicará al interesado, mediante el medio que se considere más oportuno
(llamada telefónica o correo electrónico), y a la entidad a la pertenezca en su
caso, además de la comunicación formal
de la concesión, debiendo ser presentadas las facturas correspondientes a la
ayuda en un plazo no superior a 7 días hábiles.
En
el caso de ayudas para transporte se considerarán los kilómetros del trayecto (ida
y vuelta) del domicilio del menor al Centro de Tratamiento, y el número de días
reales de asistencia, a razón de 0,13 € el km.
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