miércoles, 1 de octubre de 2014

CONVOCATORIA DE AYUDAS INDIVIDUALES A MENORES CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.



CONVOCATORIA DE AYUDAS INDIVIDUALES A MENORES CON DISCAPACIDAD EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.


Se convocan ayudas individuales para menores con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura; dentro del Plan de Lucha Contra la Pobreza Infantil.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

La adquisición de ayudas técnicas a menores con discapacidad, pertenecientes a familias en situación de privación material severa.
 . Se considerarán ayudas técnicas, instrumentos o productos de apoyo, cualquier producto, dispositivo, equipo, instrumento, tecnología y software, fabricado especialmente o disponible en el mercado para prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones de la participación.

Dichas ayudas técnicas deben ser susceptibles de ser incluidas en alguno de los siguientes apartados:

  • Productos de apoyo para el entrenamiento y/o aprendizaje.
  • Órtesis y Prótesis.
  • Productos de apoyo para el cuidado y protección personales.
  • Productos de apoyo para la movilidad personal.   
  • Productos de apoyo para las actividades domésticas.
  • Productos de apoyo para la comunicación y la información.
  • Productos de apoyo para la manipulación de objetos y dispositivos.
  • Ayudas para transporte en relación a tratamientos de estimulación o rehabilitación prescritos.
Pueden ser solicitados los gastos relacionados con la adquisición de ayudas técnicas y transporte realizados durante el ejercicio económico 2014.

TIPO DE AYUDAS:
Estas ayudas podrán ser ayudas económicas directas o en especie.

BENEFICIARIOS

Personas de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 0 a 18 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

En caso de que existiera un remanente económico una vez resueltas las solicitudes de personas que acrediten grado de discapacidad, podrán ser valoradas y atendidas solicitudes de ayudas para transporte,  de menores de 0-6, que presenten trastornos en su desarrollo y que reciban atención derivados desde el Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura (CADEX).

REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO PARA EL ACCESO A LA AYUDA.

  • Ser  Menor de 18 años
  •  Reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Necesitar, según criterios técnicos, la ayuda técnica solicitada y que se encuentre relacionada con la situación de discapacidad reconocida oficialmente. 
  •  No estar cubierta la necesidad con carácter ordinario  por ningún organismo público o dentro del catálogo ortoprotésico. O resuelta por cualquier otro Programa dentro del Plan de Lucha contra la Pobreza Infantil
  • Tener fijada la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  •  Se tendrá en cuenta el nivel de renta en la unidad económico-familiar por debajo del Umbral de Pobreza
(Utilizando como referente el Umbral para una persona adulta: 8.114,20€. Utilizando la escala de la OCDE modificada,
Primer adulto: 1
Segundo adulto y siguientes 0,5
Menores de 14 años 0,3)

       Tendrán prevalencia los niveles de renta de la unidad económico-familiar más bajos.

PLAZO DE SOLICITUD.

El plazo de solicitud que se contempla va desde el 1 de octubre hasta el 24 de octubre del presente año. No dándose por válidas aquellas solicitudes que en la fecha límite antes referenciada; no se haya aportado la documentación requerida.

Los modelos de solicitud estarán a disposición de los interesados en las distintas Entidades de personas con discapacidad pertenecientes al CERMI Extremadura, donde pueden ser recabadas.

     Las solicitudes pueden ser presentadas personalmente o por correo postal en las siguientes direcciones:

  • CERMI Extremadura: C/ Atarazanas 25 Bajo. 06800 MERIDA
  • ONCE: c/ Virgen del Pilar nº 12. 10002 CACERES

PLAZOS DE RESOLUCIÓN:

Las solicitudes serán resueltas antes del 15 de diciembre.

OBLIGACIONES y JUSTIFICACION DEL GASTO. 

Una vez resueltas las solicitudes se comunicará al interesado, mediante el medio que se considere más oportuno (llamada telefónica o correo electrónico), y a la entidad a la pertenezca en su caso,  además de la comunicación formal de la concesión, debiendo ser presentadas las facturas correspondientes a la ayuda en un plazo no superior a 7 días hábiles.

En el caso de ayudas para transporte se considerarán los kilómetros del trayecto (ida y vuelta) del domicilio del menor al Centro de Tratamiento, y el número de días reales de asistencia, a razón de 0,13 € el km. 


 

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